Articulo 4 Modelos anuales de información cuantitativa a remitir por las entidades aseguradoras y reaseguradoras
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»Artículo 4. Modelos anuales de información cuantitativa, a efectos de supervisión, estadísticos y contables, de entidades aseguradoras en régimen especial de solvencia.
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Se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos de supervisión, estadísticos y contables de entidades aseguradoras y reaseguradoras en régimen especial de solvencia, incluidos en el anexo II de esta orden, que deberán remitir con periodicidad anual a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones las entidades aseguradoras acogidas al régimen especial de solvencia.
