Articulo 4 Modifica la Di...fiscalidad

Articulo 4 Modifica la Directiva 2011/16/UE en lo que respecta al intercambio automático obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad

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Artículo 4

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Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 25 de mayo de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

J.R.V.A. DIJSSELBLOEM

(1) Opinión del Parlamento Europeo de 12 de mayo de 2016 (no publicada aún en el Diario Oficial).

(2) Opinión del Comité Económico y Social Europeo de 28 de abril de 2016 (no publicada aún en el Diario Oficial).

(3) Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, de 27 de junio de 2006, relativa a un Código de Conducta sobre la documentación relacionada con los precios de transferencia exigida de las empresas asociadas en la Unión Europea (DPT UE) (DO C 176 de 28.7.2006, p. 1).

(4) Directiva 2011/16/UE del Consejo, de 15 de febrero de 2011, relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad y por la que se deroga la Directiva 77/799/CEE (DO L 64 de 11.3.2011, p. 1).

(5) Reglamento (UE) n.º 182/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por el que se establecen las normas y los principios generales relativos a las modalidades de control por parte de los Estados miembros del ejercicio de las competencias de ejecución por la Comisión (DO L 55 de 28.2.2011, p. 13).