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Articulo 4 Ordenación de las viviendas de precio tasado, correspondientes a las reservas estratégicas de suelo

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Artículo 4. Precio máximo de venta

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El precio máximo de venta, de alquiler y de alquiler con opción a compra por metro cuadrado construido de las viviendas de precio tasado será inferior al precio máximo de la vivienda protegida de régimen especial, regulado transitoriamente en el Real Decreto 801/2005 y en el Real Decreto 2066/2008 y se determinará anualmente a través del acuerdo del Consejo de Gobierno regulado en el punto 5 del apartado tercero de la disposición transitoria tercera de la Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears.

Cuando la vivienda de precio tasado se destine al alquiler con opción a compra, la limitación para la duración de esta opción no será superior a los dos años y, cuando al finalizar este periodo o previamente por acuerdo de las partes, se ejecute la cláusula de compraventa, se descontará un mínimo del 50 % de las rentas arrendaticias satisfechas del precio que tenga la vivienda en el momento de formalizar el contrato, que se mantendrá durante el plazo en que esté vigente el derecho de la opción de compra del contrato de alquiler. Una vez transcurrido este plazo para ejercer este derecho, quedará anulado y se continuará con el régimen de alquiler. No se permitirá el cobro de primas por opción a compra.

Los precios máximos establecidos en los apartados anteriores se aplicarán a las viviendas de precio tasado que se edifiquen en las reservas estratégicas de suelo seleccionadas en los municipios de Palma, Calvià y Son Servera, conforme a la convocatoria pública de oferta de terrenos aprobada y resuelta según los acuerdos del Consejo de Gobierno que se expresan en el artículo 1 de esta ley. 

Para determinar los precios máximos, los metros cuadrados construidos se medirán de acuerdo con las ordenanzas urbanísticas de los municipios de Palma, Calvià o Son Servera, donde respectivamente están ubicadas las reservas estratégicas de suelo seleccionadas. 

En el cómputo de los metros cuadrados construidos no se incluirán las zonas comunes del edificio, salvo que las ordenanzas urbanísticas incluyan algún elemento común.