Articulo 4 Plan director de la Red Natura 2000
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»Artículo 4. Evaluación de las repercusiones
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Los procedimientos de evaluación de las repercusiones de planes, programas y proyectos sobre los espacios protegidos incluidos en el ámbito de aplicación de este decreto se realizarán conforme a lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 5/2019, de 2 de agosto, del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia, y en el artículo 39 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.
Modificaciones
- Artículo modificado (4) por LEY 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
(G de 30-12-2022) en vigor desde 01-01-2023
