Artículo 4.Real Decreto 90/2026, de 11 de febrero
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»Artículo 4. Procedimiento para la inclusión de productos sanitarios en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud.
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El procedimiento para la inclusión de un producto sanitario en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud para pacientes no hospitalizados resolverá su financiación pública y el establecimiento de las condiciones en que esta se produce, la fijación del precio industrial máximo (PVL máximo), la asignación de un código nacional y la autorización del uso del correspondiente cupón precinto en su envase.
