Articulo 4 Reforma del Reglamento de la Asamblea
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»Artículo 4. Fomento de las relaciones con otras comunidades autónomas y ciudadanos.
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1. La Asamblea o Parlamento de Extremadura, en su condición de máxima representación parlamentaria del pueblo extremeño, fomentará las relaciones de solidaridad, colaboración y cooperación con el resto de comunidades autónomas, por medio de sus instituciones parlamentarias.
2. La Asamblea o Parlamento de Extremadura promoverá el conocimiento de la institución entre los ciudadanos de Extremadura y habilitará cauces de participación en la actividad del Parlamento.
