Articulo 4 el que se regu...e La Rioja

Articulo 4 el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas en la Comunidad Autónoma de La Rioja

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Artículo 4. Contenido de la cédula de habitabilidad.

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La cédula de habitabilidad será expedida por la Dirección General competente en materia de vivienda con arreglo al modelo normalizado que figura en el Anexo III y contendrá los siguientes datos:

a) Número de cédula

b) Año de construcción

c) Tipo de Cédula

d) Vigencia

e) Vivienda a la que ampara, con indicación de su ubicación, municipio, n.º de policía, piso y puerta.