Articulo 4 Residuos de ap...cos -RAEE-

Articulo 4 Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos -RAEE-

Ver Indice
»

Artículo 4. Diseño del producto

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Sin perjuicio de los requisitos de la legislación de la Unión en materia de funcionamiento adecuado del mercado interior y de diseño de productos, incluida la Directiva 2009/125/CE, los Estados miembros fomentarán la cooperación entre productores y responsables del reciclado, y las medidas para favorecer el diseño y la producción de AEE, especialmente con el fin de facilitar la reutilización, el desarmado y la valorización de RAEE, sus componentes y materiales. A tal efecto, los Estados miembros adoptarán las medidas adecuadas para que se apliquen los requisitos de diseño ecológico que facilitan la reutilización y el tratamiento de los RAEE establecidos en el marco de la Directiva 2009/125/CE, y los productores no impidan, mediante características de diseño específicas o procesos de fabricación específicos, la reutilización de los RAEE, salvo que dichas características de diseño específicas o dichos procesos de fabricación específicos presenten grandes ventajas, por ejemplo, respecto a la protección del medio ambiente y/o a exigencias en materia de seguridad.