Articulo 4 Servicios Sociales de Canarias
Artículo 4.- El sistema público de servicios sociales.
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1. El sistema público de servicios sociales de Canarias está integrado por el conjunto de recursos, equipamientos, proyectos, programas y prestaciones de titularidad pública y privada destinado al cumplimiento de los objetivos establecidos en esta ley.
2. El sistema público de servicios sociales está integrado por los servicios sociales de titularidad pública y los de titularidad privada acreditados de acuerdo con lo que establece la presente ley. Todos estos servicios configuran conjuntamente la red de servicios sociales de atención pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinados a la ciudadanía en general y, en particular, a las personas y colectivos más desfavorecidos o que se hallaren en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.
3. Las entidades de titularidad privada participan en los servicios sociales mediante la realización de actuaciones y prestaciones de servicios sociales, de acuerdo con lo que establece esta ley y las normas que la desarrollan, la planificación de servicios sociales y los conciertos y acuerdos administrativos que se suscriban, y bajo las potestades de inspección y el control que se regulan en esta ley.
4. Los poderes públicos garantizarán y velarán por que los servicios sociales cumplan su finalidad de asegurar el derecho a las personas a vivir dignamente durante todas las etapas de la vida.
5. Los servicios sociales se dirigen especialmente a prevenir y compensar el déficit de apoyo social y económico en situaciones de riesgo y exclusión social, promoviendo actitudes y capacidades que faciliten la inclusión de las personas, desde una perspectiva integral y participada.
6. El sistema público de servicios sociales funcionará de forma integrada, participada y coordinado en red, de acuerdo con el marco normativo que establecen esta ley y las disposiciones que la desarrollen.
7. Los servicios sociales se coordinarán con todos los sistemas que inciden en la calidad de vida, como los de salud, igualdad de género, prevención y protección de las mujeres contra la violencia de género, educativos, culturales, de empleo, de vivienda, urbanísticos, judiciales, entre otros.
