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LEY 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias. - Boletín Oficial de Canarias de 17-05-2019

Tiempo de lectura: 26 min

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Ambito: Canarias

Estado: VIGENTE. Validez desde 04 de Noviembre de 2020

F. entrada en vigor: 18/05/2019

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 94

F. Publicación: 17/05/2019


PREÁMBULO
TÍTULO preliminar. Disposiciones generales
Artículo 1.- Objeto. Artículo 2.- Ámbito de aplicación. Artículo 3.- Derecho subjetivo a los servicios sociales. Artículo 4.- El sistema público de servicios sociales. Artículo 5.- Definiciones. Artículo 6.- Objetivos del sistema público de servicios sociales. Artículo 7.- Principios rectores del sistema público de servicios sociales. Artículo 8.- Recursos, centros y servicios del sistema público de servicios sociales.
TÍTULO I. Personas usuarias y profesionales del sistema público de servicios sociales
Artículo 9.- Personas con acceso al sistema público de servicios sociales. Artículo 10.- Derechos de las personas usuarias del sistema público de servicios sociales. Artículo 11.- Derechos específicos de las personas usuarias de centros y servicios de atención diurna/nocturna y estancia residencial. Artículo 12.- Obligaciones de las personas usuarias del sistema público de servicios sociales. Artículo 13.- Derechos de las personas profesionales del sistema público de servicios sociales. Artículo 14.- Obligaciones de las personas profesionales del sistema público de servicios sociales. Artículo 15.- Carta de derechos y obligaciones.
TÍTULO II. Catálogo de servicios y prestaciones del sistema público de servicios sociales
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 16.- Definición del catálogo de servicios y prestaciones. Artículo 17.- Elaboración y aprobación del catálogo de servicios y prestaciones. Artículo 18.- Prestaciones del sistema público de servicios sociales. Artículo 19.- Acceso a las prestaciones del sistema público de servicios sociales.
CAPÍTULO II. Contenido del catálogo de servicios y prestaciones
Artículo 20.- Servicios del sistema público de servicios sociales. Artículo 21.- Prestaciones económicas del sistema público de servicios sociales. Artículo 22.- Prestaciones tecnológicas del sistema público de servicios sociales. Artículo 23.- Otros servicios y prestaciones del sistema público de servicios sociales.
TÍTULO III. Estructura funcional, coordinación, cooperación, participación y ética
CAPÍTULO I. De la estructura funcional
Artículo 24.- Niveles de atención del sistema público de servicios sociales. Artículo 25.- Servicios sociales de atención primaria y comunitaria. Artículo 26.- Funciones de los servicios sociales de atención primaria y comunitaria. Artículo 27.- Servicios sociales de atención especializada. Artículo 28.- Funciones de los servicios sociales de atención especializada. Artículo 29.- Atención a las urgencias y emergencias sociales.
CAPÍTULO II. De la coordinación y la cooperación
Artículo 30.- Disposiciones generales.
SECCIÓN 1ª. De la Conferencia Sectorial de Servicios Sociales
Artículo 31.- Conferencia Sectorial de Servicios Sociales.
SECCIÓN 2ª. De los otros instrumentos de coordinación interdepartamental e interadministrativa
Artículo 32.- Disposiciones generales. Artículo 33.- Sistema Canario Unificado de Información. Artículo 34.- Registro único de entidades, centros y servicios. Artículo 35.- Historia social única. Artículo 36.- Plan de intervención social. Artículo 37.- Tratamiento de datos de carácter personal.
SECCIÓN 3ª. De la coordinación y colaboración de carácter social y sanitario
Artículo 38.- Atención integrada de carácter social y sanitario. Artículo 39.- Estructuras de coordinación sociosanitaria.
CAPÍTULO III. De la participación
Artículo 40.- Disposición general. Artículo 41.- Consejo General de Servicios Sociales. Artículo 42.- Funciones y estructura del Consejo General de Servicios Sociales. Artículo 43.- Consejos insulares y municipales de servicios sociales. Artículo 44.- Consejos sectoriales.
CAPÍTULO IV. Ética y servicios sociales
Artículo 45.- Comité de Ética de los Servicios Sociales. Artículo 46.- Funciones del Comité de Ética.
TÍTULO IV. Régimen competencial y financiación
CAPÍTULO I. De las competencias
Artículo 47.- Atribuciones públicas. Artículo 48.- Competencias de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Artículo 49.- Competencias de los cabildos insulares. Artículo 50.- Competencias de los municipios.
CAPÍTULO II. De la financiación
Artículo 51.- Principios de financiación del sistema público de servicios sociales. Artículo 52.- Fuentes de financiación. Artículo 53.- Criterios de financiación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias. Artículo 54.- Obligaciones de las administraciones competentes. Artículo 55.- Aportación económica de las personas usuarias. Artículo 56.- Financiación de los servicios sociales de atención primaria y comunitaria. Artículo 57.- Financiación de los servicios sociales especializados. Artículo 58.- Partenariado, patrocinio y mecenazgo en el sistema público de servicios sociales.
TÍTULO V. Formas de provisión de los servicios sociales
Artículo 59.- Disposición general.
CAPÍTULO I. Gestión directa de los servicios sociales
Artículo 60.- Gestión directa.
CAPÍTULO II. Formas de participación de la iniciativa privada
Artículo 61.- Formas de la iniciativa privada. Artículo 62.- Régimen de actuación de las entidades de iniciativa privada.
CAPÍTULO III. Régimen de concertación social
Artículo 63.- Régimen de concertación en el sistema público de los servicios sociales con entidades de iniciativa social. Artículo 64.- Objeto de los conciertos. Artículo 65.- Requisitos de las entidades. Artículo 66.- Motivación para la suscripción de los conciertos y publicidad. Artículo 67.- Formalización de los conciertos. Artículo 68.- Efectos de los conciertos. Artículo 69.- Duración, renovación, modificación y extinción de los conciertos.
CAPÍTULO IV. De la autorización y acreditación
Artículo 70.- Autorización de centros y servicios. Artículo 71.- Acreditación administrativa. Artículo 72.- Resolución, vigencia, revocación, suspensión y extinción de la autorización y acreditación administrativa.
TÍTULO VI. Planificación del sistema público de servicios sociales
CAPÍTULO I. De la planificación de los servicios sociales
Artículo 73.- La planificación de los servicios sociales. Artículo 74.- Plan estratégico de servicios sociales. Artículo 75.- Planes sectoriales de servicios sociales. Artículo 76.- Mapa de servicios sociales.
CAPÍTULO II. De la calidad, evaluación e inspección de los servicios sociales
SECCIÓN 1ª. Calidad de los servicios sociales
Artículo 77.- Calidad de los servicios sociales. Artículo 78.- Fomento de la formación en los servicios sociales. Artículo 79.- Investigación e innovación tecnológica en los servicios sociales. Artículo 80.- Estabilidad laboral y calidad del empleo.
SECCIÓN 2ª. De la evaluación de los servicios sociales
Artículo 81.- Evaluación del sistema público de servicios sociales.
SECCIÓN 3ª. Observatorio Canario de los Servicios Sociales
Artículo 82.- Observatorio Canario de los Servicios Sociales. Artículo 83.- Funciones del Observatorio Canario de los Servicios Sociales.
SECCIÓN 4ª. De la inspección de los servicios sociales
Artículo 84.- Competencias. Artículo 85.- Ámbito de aplicación. Artículo 86.- Finalidad y funciones de la inspección. Artículo 87.- Configuración y facultades del personal inspector. Artículo 88.- Deber de colaboración de las entidades, sujetos prestadores y personas usuarias. Artículo 89.- Planificación de las actuaciones inspectoras.
TÍTULO VII. Régimen sancionador
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 90.- Infracciones en materia de servicios sociales. Artículo 91.- Concurrencia de infracciones y delitos. Artículo 92.- Actas de inspección. Artículo 93.- Sujetos responsables. Artículo 94.- Medidas provisionales. Artículo 95.- Criterios de graduación de las sanciones. Artículo 96.- Prescripciones de las infracciones y sanciones. Artículo 97.- Órganos sancionadores. Artículo 98.- Plazo de resolución de los procedimientos sancionadores. Artículo 99.- Recursos. Artículo 100.- Ejecución forzosa.
CAPÍTULO II. Infracciones y sanciones de centros y servicios sociales
Artículo 101.- Infracciones leves. Artículo 102.- Infracciones graves. Artículo 103.- Infracciones muy graves. Artículo 104.- Sanciones.
CAPÍTULO III. Infracciones y sanciones de las personas usuarias de servicios sociales
Artículo 105.- Infracciones leves. Artículo 106.- Infracciones graves. Artículo 107.- Infracciones muy graves. Artículo 108.- Sanciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.- Plan de inclusión social y contra la pobreza. D.A. 2ª.- Primer diagnóstico del Observatorio Canario de los Servicios Sociales. D.A. 3ª.- Plazo para la aprobación del catálogo de servicios y prestaciones del sistema público de servicios sociales. D.A. 4ª.- Instrumentos de coordinación interdepartamental e interadministrativa. D.A. 5ª.- Reforzamiento de los servicios de inspección. D.A. 6ª.- Desarrollo del artículo 24 del Estatuto de Autonomía de Canarias. D.A. 7ª.- Cláusulas sociales en la contratación pública. D.A. 8ª.- Plazo de tramitación de los procedimientos sancionadores en materia de políticas sociales, dependencia y discapacidad y de la protección a la infancia y la familia. D.A. 9ª.- Régimen jurídico para el ejercicio del derecho a la no inmovilización, restricción o sujeción física. D.A. 10ª.- Ayudas a los traslados de personas usuarias y sus acompañantes fuera de su isla de residencia y dentro del territorio nacional. D.A. 11ª.- Criterios para la determinación de la capacidad económica de las personas usuarias del sistema público de servicios sociales. D.A. 12ª.- Financiación. D.A. 13ª.- Régimen de compatibilidades e incompatibilidades de las prestaciones de atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de Canarias. D.A. 14ª.- Colaboración entre el sistema público de servicios sociales y el sistema judicial.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.- Disposiciones vigentes con carácter transitorio. D.T. 2ª.- Obligación de comunicación de las entidades de iniciativa social. D.T. 3ª.- Prórroga temporal de la financiación de los servicios prestados por la iniciativa social. D.T. 4ª.- Autorización y acreditación provisional de funcionamiento de los centros y servicios contemplados en esta ley.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Disposiciones que se derogan.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.- Desarrollo y ejecución. D.F. 2ª.- Modificación de la Ley 2/2015, de 9 de febrero, de modificación de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción. D.F. 3ª.- Modificación de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción. D.F. 4ª.- Modificación de la disposición adicional primera del Decreto 131/2011, de 17 de mayo, por el que se establecen las intensidades de protección de los servicios y los criterios para determinar las compatibilidades y las incompatibilidades entre las prestaciones de atención a la dependencia del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. D.F. 5ª.- Modificación del artículo 34 de la Ley 3/1996, de 11 de julio, de participación de las personas mayores y de la solidaridad entre generaciones. D.F. 6ª.- Entrada en vigor.