Articulo 4 Titularidad co...s agrarias

Articulo 4 Titularidad compartida de explotaciones agrarias

Ver Indice
»

Artículo 4. Administración, representación y responsabilidad de la explotación agraria de titularidad compartida.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La administración corresponderá a ambas personas titulares conjuntamente.

2. La representación de la explotación de titularidad compartida, será solidaria, con excepción de los actos que supongan, disposición, enajenación o gravamen de la misma, en los que dicha representación será mancomunada.

3. La responsabilidad será directa, personal, solidaria e ilimitada de las dos personas titulares.