Articulo 40 D. 27/2023, de 10 de marzo, C.Valenciana, Tipología y funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociales
- Norma derogada desde el 9 de septiembre de 2026. No obstante, según dispone la D.T. 7.ª del Decreto 129/2026, de 3 de septiembre, mantendrán provisionalmente su vigencia las materias reguladas en este decreto que requieran desarrollo mediante órdenes de las consellerias competentes por razón de la materia, hasta la entrada en vigor de las mismas. - DECRETO 129/2026, de 3 de septiembre, del Consell, por el que se regulan la tipología y el funcionamiento de los centros, servicios y programas de los servicios sociales de la Comunitat Valenciana, y su ordenación dentro de la estructura funcional, territorial y competencial del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
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»Artículo 40. Modalidades de plaza en centros de atención diurna
Derogado
Con el fin de dotar a los centros de atención diurna de una mayor flexibilidad, que permita adaptar la atención que prestan a las necesidades concretas de cada persona usuaria, se establecen las siguientes modalidades de plaza
1. De acuerdo con la duración de la estancia:
a) Temporal. Cuando la ocupación de la plaza tenga un límite de tiempo predeterminado.
b) Permanente. Cuando la ocupación de la plaza no tenga un límite de tiempo predeterminado.
2. De acuerdo con la asistencia prestada:
a) Parcial. Cuando se acuerde, la asistencia de la persona usuaria únicamente algunos días de la semana, durante toda la jornada o parte de ella (sesión).
b) Continua. Cuando se acuerde la asistencia diaria de la persona usuaria, durante toda la jornada.

