Articulo 40 Reglamento ITV
Ver Indice
»Artículo 40.- Control estadístico de la actividad.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Dirección General efectuará un seguimiento estadístico del rigor de las inspecciones en cada una de las estaciones ITV, tanto en su globalidad como por categorías de vehículos, tipos de inspecciones y los diferentes componentes de la inspección, analizando las desviaciones detectadas y adoptando medidas para su corrección.
