Artículo 40. Reglamento (UE) 2026/715, de 11 de marzo de 2026, DOUE
Ver Indice
»Artículo 40. Solicitud de registro de un diseño de la UE como objeto de propiedad.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los artículos 30 a 39 se aplicarán a las solicitudes de registro de diseños de la UE. Cuando el efecto de una de esas disposiciones dependa de la inscripción en el Registro, este trámite deberá cumplirse una vez que el diseño de la UE registrado haya sido inscrito en el Registro.
