Articulo 409 Ley de Enjuiciamiento Civil

Articulo 409 Ley de Enjuiciamiento Civil

Ver Indice
»

Artículo 409. Sustanciación y decisión de las pretensiones de la contestación y la reconvención.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las pretensiones que deduzca el demandado en la contestación y, en su caso, en la reconvención, se sustanciarán y resolverán al propio tiempo y en la misma forma que las que sean objeto de la demanda principal.