Articulo 41 Memoria Histórica y Democrática de Euskadi
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»Artículo 41. Participación de las entidades de memoria histórica de Euskadi.
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1.- Se crea la Comisión Asesora de Entidades de Memoria Histórica de Euskadi, adscrita a Gogora, como órgano colegiado consultivo y de participación de las entidades memorialistas que operen en Euskadi.
2.- El régimen de funcionamiento, la composición y las funciones básicas de la comisión se establecerán reglamentariamente por el departamento del Gobierno Vasco competente en materia de memoria histórica.
