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Articulo 41 Presupuestos 2014 Generalitat

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Artículo 41. Canon de saneamiento

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1. Con efectos a partir del día 1 de enero del año 2014, las tarifas del canon de saneamiento serán las siguientes.

a) Usos domésticos: de acuerdo con los siguientes tramos de población, determinados según el último censo:

Población Municipio

Cuota de consumo

Cuota de servicio

(n.º habitantes)

(euros/m 3)

(euros/año)

Entre 500/3.000

0,312

31,49

Entre 3.001/10.000

0,365

38,59

Entre 10.001/50.000

0,400

42,53

Superior a 50.000

0,428

43,52

b) Usos industriales (no domésticos) con consumos de agua de hasta 3.000 metros cúbicos por año, que no tengan aprobado un coeficiente corrector: la tarifa del Canon será la establecida para usos domésticos en el municipio en el que se ubique la empresa, local o establecimiento correspondiente. Para ello, se utilizará siempre como referencia el consumo producido en el año anterior. En el momento en que se apruebe un coeficiente corrector, le serán de aplicación las tarifas previstas en el párrafo siguiente.

c) Usos industriales (no domésticos) con consumos de agua superiores a 3.000 metros cúbicos por año:

c.1) Cuota de consumo: 0,553 euros/m 3

c.2) Cuota de servicio:

Calibre del contador

Cuota de servicio (euros/año)

Hasta 13 mm

113,00

Hasta 15 mm

169,40

Hasta 20 mm

282,18

Hasta 25 mm

395,19

Hasta 30 mm

564,73

Hasta 40 mm

1.129,46

Hasta 50 mm

1.694,19

Hasta 65 mm

2.258,71

Hasta 80 mm

2.823,63

Mayor de 80 mm

3.952,91

2. A efectos de lo establecido en la Ley 2/1992, de 26 de marzo, de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana, las cuotas de consumo y de servicio para usos industriales podrán ser incrementadas o disminuidas en función de los coeficientes correctores que se establezcan en consideración a los criterios establecidos en dicha ley.

3. Cuando se produzcan facturaciones del agua cuyo período de consumo abarque diferentes años, se imputará a cada uno de ellos la parte de la cuota total de consumo que proporcionalmente corresponda a la fracción de dicho período comprendida en los mismos.