Artículo 410 ter Sistema común del IVA
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»Artículo 410 ter
Vigente
A más tardar el 31 de diciembre de 2022, la Comisión, basándose en la información obtenida de los Estados miembros, presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe de evaluación sobre la aplicación de lo dispuesto en la presente Directiva por lo que respecta al tratamiento de los bonos a efectos del IVA, con especial atención a la definición de los bonos, las normas del IVA relacionadas con la imposición de los bonos en la cadena de distribución y los bonos no canjeados, acompañado en caso necesario de una propuesta adecuada de modificación de las normas correspondientes.
Modificaciones
- Modificación realizada (410 ter (se añade)) por Directiva (UE) 2016/1065 del Consejo, de 27 de junio de 2016, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta al tratamiento de los bonos
(DC de 01-07-2016) en vigor desde 02-07-2016 - Texto Original. Publicado el 11-12-2006 en vigor desde 02-07-2016