Articulo 415 TR de las di...imen local

Articulo 415 TR. de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local

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Art. 415.

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(DEROGADO)

1. El Estado favorecerá el acceso de las Corporaciones locales al crédito oficial y privado.

2. Las Corporaciones locales podrán concertar operaciones de crédito con:

a) Entidades oficiales de crédito.

b) Cajas de Ahorro.

c) Banca privada.

d) Sociedades cooperativas de crédito.

e) Las demás Entidades de crédito privado sometidas a la fiscalización del Banco de España.

Modificaciones