Artículo 42 bis Reglament...PF del THB

Artículo 42 bis.-Determinación de los rendimientos positivos procedentes directamente de las aportaciones y contribuciones empresariales a los sistemas de previsión social.

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Artículo 42 bis.-Determinación de los rendimientos positivos procedentes directamente de las aportaciones y contribuciones empresariales a los sistemas de previsión social.

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(NOTA: Artículo con efectos desde 1 de enero de 2026)

A los efectos de lo previsto en el artículo 37.e) de la Norma Foral del Impuesto, las aportaciones y contribuciones devengadas y no satisfechas para la cobertura de una prestación se presumirán realizadas a la fecha en que hubiera acaecido la contingencia o circunstancia que causa la prestación, y el cálculo de la proporción que sobre la totalidad de los derechos económicos representen los rendimientos positivos procedentes directamente de las aportaciones y contribuciones se realizará en el citado momento.