Articulo 42 Reglamento de... Integrado

Articulo 42 Reglamento de la Ley de Control Ambiental Integrado

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Artículo 42. Transmisibilidad de la autorización.

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La transmisión por actos intervivos o mortis causa de las instalaciones o actividades sujetas a evaluación de impacto ambiental deberá ser comunicada en el plazo de tres meses a la Consejería de Medio Ambiente.