Articulo 42 Reglamento Marco de las Policías Locales
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»Artículo 42. Criterios generales de valoración en los baremos de concurso.
Vigente
En la fase de concurso de todos los procesos de provisión de puestos de trabajo que se realicen por promoción interna y/o movilidad, sólo podrán ser valorados, conforme a los baremos que se establezcan, aquellos méritos obtenidos antes de la finalización del plazo de presentación de instancias y que se acrediten documentalmente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-02-2015 en vigor desde 03-03-2015