Articulo 421 Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo
- Norma derogada desde el 23 de noviembre de 2022. - Decreto 63/2022 de 21 de Oct C.A. Asturias (se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias)
Artículo 421.Instrumentos de gestión en el sistema de compensación.
1.En la aplicación del sistema de compensación, la gestión urbanística se realiza utilizando ordinariamente como instrumentos de gestión un Proyecto de Actuación, un Proyecto de Compensación y un proyecto de urbanización.
2.Cuando los propietarios incluidos en el polígono o Unidad de Actuación lleguen a un acuerdo unánime y resulte de aplicación el procedimiento conjunto, se utilizará como instrumento de gestión el acuerdo de la Administración urbanística actuante aprobatorio de la reparcelación, prescindiéndose de la tramitación del Proyecto de Actuación y del Proyecto de Compensación.
3.En cualquiera de los supuestos a los que se hace referencia en los apartados anteriores, para la ejecución de las obras de urbanización se precisará la aprobación de un proyecto de urbanización, que podrá ser objeto de tramitación simultánea junto con el resto de los instrumentos de gestión.

