Articulo 423 Ley de Sociedades de Capital
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Artículo 423. Forma de convocatoria.

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1. La convocatoria de la asamblea general se hará en forma que asegure su conocimiento por los obligacionistas.

2. Cuando la asamblea haya de tratar o resolver asuntos relativos a la modificación de las condiciones del préstamo u otros de trascendencia análoga, a juicio del comisario, deberá ser convocada en la forma establecida en esta ley para la junta general de accionistas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-07-2010 en vigor desde 01-09-2010