Artículo 424 Tasas y Precios Públicos y otras medidas tributarias
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»Artículo 424. Hecho imponible.
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Constituye el hecho imponible de la tasa la expedición de los títulos oficiales de las enseñanzas artísticas superiores siguientes:
a) Estudios Superiores de Música o de Danza.
b) Las enseñanzas de Arte Dramático.
c) Las enseñanzas de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
d) Los estudios Superiores de Diseño o los estudios Superiores de Artes Plásticas, entre los que se incluyen los estudios superiores de cerámica y los estudios superiores del vidrio.
Modificaciones
- Artículo modificado (424 (se añade)) por Ley 3/2017, de 1 de septiembre, en materia de gestión y organización de la Administración y otras medidas administrativas. [2017/10562]
(CM de 06-09-2017) en vigor desde 26-09-2017
