Articulo 43 DECRETO2/2006,de10deenero,delGobiernodeAragon,porelqueseapruebaelReg...idadAutonomadeAragon
Articulo 43 DECRETO2/2006...madeAragon

Articulo 43 DECRETO2/2006,de10deenero,delGobiernodeAragon,porelqueseapruebaelReglamentodelaproduccion,posesionygestionderesiduosindustrialesnopeligrososydelregimenjuridicodelserviciopublicodeeliminacionderesiduosindustrialesnopeligrososnosusceptiblesdevalorizacionenlaComunidadAutonomadeAragon.

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Artículo 43.-Transferencia de titularidad.

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1. Los gestores que presten el servicio público de eliminación de residuos industriales no peligrosos se convierten en titulares responsables de los residuos industriales no peligrosos aceptados en el momento de la recepción de los mismos, encuyo acto se procederá a la formalización del documento de control y seguimiento de los residuos.

2. En dicho documento constarán, como mínimo, los datos identificadores del productor y de los gestores y, en su caso, de los transportistas, así como los referentes al residuo que se transfiere.