Legislación
Legislación

DECRETO 2/2006, de 10 de enero, del Gobierno de Aragon, por el que se aprueba el Reglamento de la produccion, posesion y gestion de residuos industriales no peligrosos y del regimen juridico del servicio publico de eliminacion de residuos industriales no peligrosos no susceptibles de valorizacion en la Comunidad Autonoma de Aragon. - Boletín Oficial de Aragón de 23-01-2006

Tiempo de lectura: 13 min

Tiempo de lectura: 13 min

Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Enero de 2006

F. entrada en vigor: 24/01/2006

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 8

F. Publicación: 23/01/2006

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo Artículo único.-Aprobación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA.-Puesta en funcionamiento de las instalaciones del servicio público.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.-Derechos adquiridos. D.T. 2ª.-Aplicación de las limitaciones al traslado de residuos industriales no peligrosos con origen o destino fuera de Aragón para su eliminación. D.T. 3ª. De la aplicación de las obligaciones de productores de residuos.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.-Cláusula derogatoria.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.-Modificación del Decreto 49/2000, de 29 de febrero. D.F. 2ª.-Habilitación de desarrollo. D.F. 3ª.-Entrada en vigor.
ANEXO: REGLAMENTO DE LA PRODUCCION, POSESION Y GESTION DE RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS Y DEL REGIMEN JURIDICO DEL SERVICIO PUBLICO DE ELIMINACION DE RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS NO SUSCEPTIBLES DE VALORIZACION EN LA COMUNIDADAUTONOMA DE A...
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Finalidad. Artículo 3. Definiciones. Artículo 4: Ambito de aplicación. Artículo 5. Principios generales de la gestión de los residuos industriales no peligrosos. Artículo 6. Competencias Administrativas. Artículo 7. De la titularidad de los residuos industriales no peligrosos. Artículo 8. Prohibiciones.
CAPÍTULO II. DE LAS ACTIVIDADES DE PRODUCCION, POSESION Y GESTION DE LOS RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON
SECCIÓN 1". De la producción y posesión de residuos industriales no peligrosos en la Comunidad Autónoma de Aragón
Artículo 9. Obligaciones de los productores de los residuos industriales no peligrosos. Artículo 10. Registro de los productores de residuos industriales no peligrosos. Artículo 11. Procedimiento de inscripción en el Registro de los productores de residuos industriales no peligrosos. Artículo 12. Declaración anual de los productores de residuos industriales no peligrosos. Artículo 13. Documento de aceptación. Artículo 14. Minimización de la producción de residuos industriales no peligrosos y observación de los requisitos técnicos para su tratamiento. Artículo 15. Generación ocasional de residuos industriales no peligrosos.
SECCIÓN 2". De la gestión de residuos industriales no peligrosos en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 16. Régimen de registro y autorización para actividades de gestión de residuos industriales no peligrosos. Artículo 17. Declaración anual de actividades de gestión de residuos industriales no peligrosos. Artículo 18. Obligaciones de los gestores de los residuos industriales no peligrosos.
SECCIÓN 3". De la entrada o salida de residuos industriales no peligrosos, para su eliminación, con origen o destino en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 19. Aplicación de los principios de proximidad y suficiencia. Artículo 20. Entrada y salida de residuos industriales no peligrosos con origen o destino fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón. Artículo 21. Entrada y salida de residuos industriales no peligrosos en la Comunidad Autónoma con origen o destino en otros estados de la Unión Europea. Artículo 22. Procedimiento de la autorización para la entrada y salida de residuos industriales no peligrosos con origen o destino fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón.
CAPÍTULO III. DE LA POLITICA AMBIENTAL EN MATERIA DE GESTION DE RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS
Artículo 23. Colaboración con las entidades locales. Artículo 24. Colaboración con el sector privado. Artículo 25. Medidas tendentes a la minimización de la producción de residuos industriales no peligrosos.
CAPÍTULO IV. INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL
Artículo 26. Organos competentes. Artículo 27. Inspección y vigilancia. Artículo 28.-Infracciones y sanciones.
CAPÍTULO V. DEL SERVICIO PUBLICO DE ELIMINACION DE RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS NO SUSCEPTIBLES DE VALORIZACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON
Artículo 29.-Régimen jurídico. Artículo 30.-Delimitación del servicio público de eliminación de residuos industriales no peligrosos de Aragón. Artículo 31. ‹Instalaciones destinadas al servicio público. Artículo 32. ‹Condiciones de las instalaciones destinadas al servicio público. Artículo 33.-Ubicación de las instalaciones destinadas al servicio público. Artículo 34.-Condiciones de la prestación del servicio público de eliminación de residuos industriales no peligrosos. Artículo 35. ‹Formas de gestión del servicio público de eliminación de residuos industriales no peligrosos de Aragón. Artículo 36. Régimen del gestor del servicio público. Artículo 37. Derechos de los usuarios del servicio público. Artículo 38. Obligaciones de los usuarios del servicio público. Artículo 39. ‹Acceso al servicio público. Artículo 40. ‹Contestación a la solicitud de admisión. Artículo 41.-Documento de aceptación. Artículo 42.-Responsabilidad de los datos declarados. Artículo 43.-Transferencia de titularidad. Artículo 44.-Registro de actividades. Artículo 45. ‹Memoria anual de actividades. Artículo 46.-Régimen de tarifas. Artículo 47.-Potestades de policía de la Administración Artículo 48. Control de la Administración sobre la prestación del servicio público. Artículo 49. La suspensión o secuestro de la prestación del servicio público. Artículo 50. Clases de suspensión o secuestro de la prestación del servicio público. Artículo 51. Efectos del secuestro. Artículo 52. Responsabilidad del gestor del servicio público. Artículo 53. Resolución del contrato.