Articulo 43 Impuesto Medi...Residuales

Articulo 43 Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales

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Artículo 43. Resolución.

Vigente

El órgano gestor del impuesto aprobará la revisión mediante una resolución en la que se identifiquen los elementos concretos de la base imponible y tarifa singularizadas que son objeto de modificación.

Asimismo, podrá establecer las obligaciones señaladas en el apartado 2 del artículo 29 de la presente ley.