Articulo 43 Plan de Acció...l Comercio

Articulo 43 Plan de Acción Territorial Sectorial del Comercio

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Artículo 43. Medidas y actuaciones en las áreas comerciales estratégicas

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Desde el punto de vista paisajístico, en las áreas comerciales estratégicas definidas en el artículo 24 de la presente norma, las actuaciones y medidas a realizar derivan de estudios específicos, que en todo caso deben respetar las siguientes

1. Áreas de nueva centralidad comercial:

a) No se instalarán en zonas no urbanas.

b) El diseño se debe adaptar al emplazamiento conforme a directrices fijadas por estudios específicos de las condiciones del emplazamiento y bajo supervisión de las autoridades competentes en la materia, y responder a expectativas realistas en cuanto a ocupación y afluencia.

c) Debe adaptarse a la orografía del terreno y alterarlo lo mínimo posible. Debe incorporará las singularidades del lugar de forma armónica y consecuente, con abundantes espacios públicos y zonas verdes que respeten la infraestructura verde del lugar y su entorno e integren la nueva con esta de forma fluida.

d) Los diseños deben sostenibles, la vegetación adaptada al clima y los recursos utilizados ser de consumo limitado y apoyados en energías renovables y sistemas de recuperación de agua de escorrentía para riego, así como reciclaje, de forma que el impacto medioambiental se minimice al máximo.

e) Se deben tejidos complejos que combinen capas de diferentes usos en un buen funcionamiento: ocio, zonas verdes o circulaciones.

2. Áreas de oportunidad comercial:

a) En el caso de conflictos paisajísticos o medioambientales existentes se debe favorecer la regeneración de los espacios naturales afectados y la relocalización de las actividades comerciales en otras zonas urbanas que no generen impactos negativos.

b) En zonas urbanísticamente deficientes se deben acondicionar los espacios para el desarrollo de la zona, siempre primando usos peatonales e introduciendo zonas verdes, asegurando un correcto funcionamiento, entre otras medidas.

c) Se debe favorecer la regeneración de zonas obsoletas reconversión de zonas industriales, o barrios degradados, frente a la creación de nuevos centros.

d) Se debe potenciar el desarrollo de espacios públicos y la inserción de otros usos sociales, culturales o residenciales, para promocionar la complejidad del tejido urbano.

3. Áreas de dinamización comercial:

a) Aumento y mejora de espacios peatonales, como aceras, zonas de descanso o reordenación de secciones viales.

b) Peatonalización de ejes estratégicos.

c) Control de tráfico rodado excesivo. Entre otras medidas: potenciación transporte público, introducción de transportes alternativos (carriles bici), o introducción de elementos de ralentización.

d) Control de la imagen de fachadas y elementos publicitarios.

e) Regulación del estacionamiento, como delimitación de plazas, introducción de sistemas ORA o introducción de plazas de carga y descarga.

f) Introducción de vegetación apropiada, preferentemente arbolado, espacios ajardinados y zonas verdes con suficiente entidad.

g) Mejora y actualización de sistemas de iluminación viaria, con especial interés en la introducción de energías alternativas y sistemas que reduzcan contaminación lumínica y consumo.

h) Mejora y actualización de mobiliario urbano.

4. Áreas comercialmente saturadas:

a) Prohibición de nuevos asentamientos en las zonas saturadas, priorizándose la reforma y rehabilitación de instalaciones existentes.

b) Estudio global de funcionamiento del conjunto que determine puntos conflictivos de intervención prioritaria y potencialidades a desarrollar, así como las medidas específicas orientadas a mejorar el conjunto y fomentar una imagen unitaria.