Articulo 43 Planificación...botiquines

Articulo 43 Planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines

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Artículo 43. Solicitud de autorización de modificación.

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1. La solicitud para realizar la modificación del local ocupado por una oficina de farmacia ya establecida se presentará conforme a lo establecido en el artículo 3.2 y se dirigirá a la Dirección Provincial.

2. Dicha solicitud irá acompañada de los siguientes documentos:

a) Título de propiedad o de disponibilidad jurídica del local, en caso de ampliación del mismo.

b) Cuando la modificación conlleve cambios físicos de la estructura del local, será necesario un proyecto de obra en el que se describan las obras que el farmacéutico pretende realizar en el mismo, ajustado a lo establecido en el artículo 39.8.b). En todos los demás casos, bastará la memoria del proyecto y los planos de conjunto, de detalle y, en su caso, de las instalaciones.

c) Si la modificación del local solicitada afecta a los accesos del público al mismo, se presentará un plano realizado por técnico competente y, si procede, visado por el colegio profesional correspondiente en el que se señalen las distancias respecto a las oficinas de farmacia más próximas y a los centros sanitarios públicos o concertados más cercanos que estén en funcionamiento o en fase de proyecto, conforme a lo establecido en el Capítulo III del Título III.

En este caso se dará audiencia, durante un plazo de diez días, a los farmacéuticos titulares de las oficinas de farmacia que por su proximidad pudieran verse afectados.

d) En caso de modificación sin cierre, se justificará el procedimiento empleado para compatibilizar la asistencia farmacéutica con la realización de las obras.