Articulo 43 Transparencia de la Actividad Pública
Artículo 43. Responsabilidad.
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1. Son responsables de las infracciones, las personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea su naturaleza, que realicen acciones o que incurran en las omisiones tipificadas en la presente Ley con dolo, culpa o negligencia.
2. En particular, son responsables:
a) Los altos cargos o asimilados de la Comunidad Autónoma y de los municipios, de conformidad con lo previsto en la Ley de Cantabria 1/2008, de 2 de julio, reguladora de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración de Cantabria y el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, los miembros de las corporaciones locales de las entidades que integran la Administración Local.
b) El personal al servicio de los sujetos incluidos en el artículo 4, apartados 1 y 2 de la presente Ley.
c) Las personas jurídicas a las que se refiere el artículo 5 de esta Ley.
d) Las personas físicas y jurídicas a las que se refiere el artículo 6 de la presente Ley.
