Articulo 432 Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Artículo 432.Determinaciones sobre la urbanización.
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Cuando, previa o simultáneamente, no se hubiese redactado y tramitado un proyecto de urbanización, los Proyectos de Actuación deberán incluir las bases para la urbanización del ámbito de la actuación, que deben comprender, al menos.
a) El plazo para que la Junta de Compensación elabore un proyecto de urbanización completo.
b) Determinaciones que se consideren adecuadas para la correcta ejecución de la urbanización, incluso señalando las características técnicas mínimas que deben recogerse en los Proyectos de Urbanización que se redacten.
c) Criterios y procedimiento para contratar la ejecución de las obras en urbanización y, en su caso, las de edificación.
d) Momento en que pudiera edificarse sobre solares resultantes, sin perjuicio de la solicitud de licencia al Ayuntamiento en cuyo territorio se efectúe la actuación.
