Articulo 44 se aprueba el...e Asturias

Articulo 44 se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias

Ver Indice
»

Artículo 44. Objetivo general

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Cuando las Directrices de Ordenación del Territorio consideren necesario por razón de la materia o por su afección territorial el establecimiento de preceptos materialmente urbanísticos directamente aplicables, o resulte necesario para dar un contenido más detallado a la ordenación territorial, podrán aprobarse Planes Territoriales Especiales de ámbito supramunicipal.

A tal fin, se entenderá que el Plan tiene un ámbito supramunicipal cuando:

a) Afecte territorialmente a más de un concejo.

b) Las actuaciones que se planifiquen tengan incidencia o interés de ámbito supramunicipal.