Articulo 44 Presupuestos 2014 C Mancha

Articulo 44 Presupuestos 2014 C. Mancha

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Artículo 44. Normas específicas de gestión del personal docente.

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1. El Consejo de Gobierno autorizará, a propuesta de la Consejería competente en materia de educación y previo informe de la Dirección General competente en materia de presupuestos, el número global de cupos de efectivos de cuerpos docentes no universitarios para el curso 2014-2015.

2. Durante el ejercicio 2014, la determinación del número máximo de contrataciones de otro profesorado en centros docentes públicos, así como la designación de asesores técnicos docentes, requerirá la autorización previa de la Dirección General competente en materia de presupuestos.