Articulo 44 Reglamento ITV

Articulo 44 Reglamento ITV

Ver Indice
»

Artículo 44.- Uniformidad de criterios.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La Dirección General establecerá los procedimientos de coordinación con las estaciones ITV, para minimizar la aplicación de criterios subjetivos durante las inspecciones técnicas realizadas por las distintas estaciones ITV, de forma que las inspecciones efectuadas por éstas sigan pautas uniformes en todo el territorio de la Comunidad Autónoma.