Articulo 45 que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades
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»Artículo 45. Documentación a presentar.
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1. A la declaración de alta se acompañarán, salvo que ya consten en la Hacienda Foral de Álava, los siguientes documentos:
a) Copia de la escritura de constitución y de los estatutos sociales.
b) Certificación de su inscripción en el Registro Público correspondiente, si procediese.
c) Número de Identificación Fiscal de la sociedad.
2. La oficina gestora del Impuesto, si lo estima preciso, podrá requerir la presentación de cuanta documentación precise para configurar el Índice de Entidades.
