Articulo 45 Régimen Administrativo y Fiscal del Juego
Ver Indice
»Artículo 45. Prescripción de infracciones y sanciones.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Las infracciones leves prescribirán al año, las graves a los dos años, y las muy graves a los tres años.
2. Las sanciones impuestas por faltas leves prescribirán al año, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas muy graves a los tres años.
