Articulo 45 Régimen de la...or público

Articulo 45 Régimen de la contratación del sector público

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Artículo 45.- Régimen organizativo.

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El Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de Euskadi depende del departamento competente en materia de Contratación a través de la Dirección de Patrimonio y Contratación.

El Registro estará a cargo del Servicio de Contratación de la Dirección de Patrimonio y Contratación, y sus inscripciones se practicarán con arreglo a lo dispuesto en las disposiciones reglamentarias, dictadas en desarrollo de la legislación sobre contratos del sector público, vigentes en la materia.

El Registro pondrá a disposición de los interesados en las inscripciones una herramienta electrónica que les permita la tramitación de los expedientes por vía telemática. Una vez elegido este sistema el Registro emitirá el correspondiente certificado que será remitido al solicitante asimismo por vía telemática.