Articulo 46 Planificación...botiquines

Articulo 46 Planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines

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Artículo 46. Solicitud de autorización de transmisión.

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1. La solicitud se presentará conforme a lo establecido en el artículo 3.2 e irá acompañada de la siguiente documentación:

a) Certificado de colegiación del adquirente o adquirentes o compromiso formal de colegiarse una vez obtenida la autorización.

b) Declaración jurada del adquirente o adquirentes de no estar incurso en ninguna causa de incompatibilidad para ejercer como farmacéutico titular de oficina de farmacia.

c) Si quien solicita la autorización de transmisión son los herederos del farmacéutico titular o cotitular, copia de los títulos que acrediten la condición de herederos.

d) En caso de cotitularidad en que una de las partes enajene a un tercero, documento acreditativo de que se ha dado conocimiento al resto de farmacéuticos cotitulares de la venta de la oficina de farmacia, con el fin de que puedan ejercer el derecho de retracto legal establecido en el artículo 1524 del Código Civil en el plazo de nueve días.

2. Si la transmisión conlleva cambio de local, además de lo anterior, se deberá aportar los documentos establecidos en los apartados 1.a), 1.b) y 8 del artículo 39.

3. Si faltase alguno de los documentos o datos exigidos, se requerirá al solicitante para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición previa resolución del titular de la Dirección Provincial.