Articulo 461 Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Ver Indice
»Artículo 461. Sujetos de la gestión urbanística en el sistema de expropiación.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En el sistema de expropiación el sujeto de la gestión urbanística será la Administración actuante, cuando asuma ésta la gestión directa del sistema de expropiación, o quien asuma la condición de beneficiario de la expropiación.
Modificaciones
- Artículo modificado (461) por Decreto 30/2011, de 13 de abril, de primera modificación del Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias.
(AS de 03-05-2011) en vigor desde 04-05-2011
