Articulo 48 Cuerpo General de la Policía
Ver Indice
»Artículo 48.- Obligación de exámenes médicos o psicológicos.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los funcionarios del Cuerpo General de la Policía Canaria tienen la obligación de someterse periódicamente a exámenes médicos y psicológicos cuando la autoridad lo considere conveniente y de acuerdo con la normativa que se establezca a tal efecto.
