Articulo 48 Reglamento ITV
Artículo 48.- Reclamaciones.
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1. Todas las quejas y reclamaciones presentadas por las personas usuarias en las estaciones ITV serán estudiadas y resueltas por la estación siguiendo criterios uniformes.
2. Todas las reclamaciones en las que se denuncien daños al vehículo serán remitidas por la estación ITV a la compañía aseguradora, para su evaluación, salvo que la estación ITV asuma el .coste de la reclamación.
3. La resolución de la reclamación se notificará de manera fehaciente a la persona usuaria en un plazo no superior a un mes. En ella, la dirección técnica de la estación ITV informará la persona usuaria de que, en caso de discrepancia, puede presentar una denuncia ante la Dirección General.
4. Una vez resuelta y notificada cada reclamación, se remitirá copia de toda la documentación generada a la Dirección General, para su control. La citada documentación será archivada en la estación ITV durante un periodo mínimo de tres años.
