Artículo 49. Decreto n.º 13/2026, de 5 de marzo, Murcia
Ver Indice
»Artículo 49. Acceso a la Formación en empresa u organismo equiparado en la modalidad virtual.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El alumnado que curse la modalidad virtual, siempre y cuando concurran circunstancias de trabajo que dificulten la fragmentación o la alternancia, podrá acumular en un único período al final del ciclo formativo la fase de formación en empresa u organismo equiparado.
