Artículo 49 Políticas de Juventud de Cantabria
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»Artículo 49. Tipología.
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1. Los albergues adscritos a la Comunidad Autónoma de Cantabria tendrán la consideración de instalación de Educación en el Tiempo Libre.
2. Las instalaciones de educación en tiempo libre podrán ser fijas o no fijas en atención a su marco normativo regulatorio.
3. Reglamentariamente se establecerán las características de las instalaciones de Educación en el Tiempo Libre.
