Articulo 49 Presupuestos 2013 La Mancha
Artículo 49. Actualización de las tasas de la Comunidad Autónoma.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Con efectos de 1 de enero de 2013, de conformidad con lo establecido en la Ley autonómica reguladora de las Tasas y Precios Públicos, las tasas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que se regulan en las leyes que a continuación se relacionan, que sean de cuantía fija por no estar fijadas en un porcentaje de la base o no estar esta valorada en unidades monetarias, así como aquellas afectas a los servicios transferidos, se elevan hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,02 sobre la cuantía que resultaba exigible en el año 2012.
Las tasas a actualizar son las reguladas en las siguientes leyes.
- Ley 12/2002, de 27 de junio, reguladora del ciclo integral del agua de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y sus modificaciones.
- Ley 8/2003, de 20 de marzo, de la Viña y el Vino de Castilla-La Mancha y sus modificaciones.
- Ley 7/2008, de 13 de noviembre, de Regulación de Tasas en materia de Industria, Energía y Minas de Castilla-La Mancha, modificada por la Ley 2/2012, de 19 de abril, por la que se modifica la Ley 9/2008, de 4 de diciembre, de Medidas en Materia de Tributos Cedidos y se establecen otras medidas fiscales, salvo las tarifas 3.7, 18.3, 18.4 y 18.5 del artículo 3.
