Artículo 49 se regula la ... Andalucía

Artículo 49 se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía

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Artículo 49. Requisitos de participación del personal funcionario de carrera.

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1. Podrá participar en las convocatorias de promoción interna el personal funcionario de carrera que pertenezca a los cuerpos y especialidades que se determinan para cada modalidad:

a) Promoción interna vertical: el personal que pertenezca a un cuerpo o especialidad de un subgrupo o grupo de clasificación, en caso de que no tenga subgrupo, inferior.

b) Promoción interna horizontal: el personal que pertenezca a otro cuerpo o especialidad del mismo subgrupo o grupo de clasificación, en caso de que no tenga subgrupo.

2. Para participar en las pruebas de promoción interna vertical y horizontal el personal funcionario de carrera deberá tener una antigüedad de, al menos, dos años en el cuerpo o especialidad a que pertenezca el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación y poseer la titulación y el resto de los requisitos establecidos con carácter general para el acceso al cuerpo o especialidad en el que aspira a ingresar.