Articulo 5 Accesibilidad universal y diseño para todas las personas
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»Artículo 5. Acceso a los bienes y servicios de las Administraciones Públicas de Navarra.
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Forman parte del objeto de esta Ley Foral la accesibilidad universal y el diseño para todos en el ámbito del acceso a los bienes y servicios de las Administraciones Públicas especialmente en lo referido a los recursos humanos y materiales, a las oficinas de atención al público, así como a lo relacionado con los impresos y modelos concernientes a la Administración Pública de Navarra.
