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Artículo 5 bis. Incentivos para la aplicación de la jerarquía de residuos.

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Con el fin de lograr los objetivos establecidos en el presente real decreto, las administraciones competentes harán uso de los instrumentos económicos o de otras medidas para incentivar la aplicación del principio de jerarquía de residuos, entre otros, los contemplados en el anexo IV bis de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas, así como en la Ley 22/2011, de 28 de julio.