Articulo 5 Consell, por e...eneralitat

Articulo 5 Consell, por el que se regula la atención a la ciudadanía, el registro de entrada y salida de escritos y la ordenación de las oficinas de registro en la Administración de la Generalitat

Ver Indice
»

Artículo 5. Principios de atención ciudadana

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La atención a la ciudadanía se ajustará, con carácter general, a los siguientes principios.

1. Respecto al trato dispensado.

a) Máximo respeto y deferencia.

b) Confidencialidad, de acuerdo con la normativa reguladora de protección de datos de carácter personal.

c) Proactividad, proximidad y empatía con el ciudadano.

2. Respecto al sistema de atención:

a) Eficacia. El sistema proporcionará al ciudadano, de forma rápida y por el canal que elija, la información que requiera.

b) Eficiencia. El sistema se diseñará de forma que se minimice el gasto de funcionamiento, sin menoscabo de la calidad en la prestación del servicio.

c) Integral y multicanal. La atención, sea cual sea el canal de comunicación con el ciudadano, se nutrirá del mismo sistema de información, que estará actualizado en tiempo real. La elección del canal corresponde al ciudadano.

d) Tecnológicamente avanzado. El sistema de atención incorporará todos aquellos avances tecnológicos que puedan redundar en la mejora de la calidad de la atención prestada.

3. Respecto a la calidad del servicio:

a) Quejas y sugerencias. Se facilitará la presentación de quejas y sugerencias, en todas las oficinas de atención ciudadana, así como a través de los demás canales de atención disponibles.

b) Todos los canales de atención al ciudadano contarán con una carta de servicios, que contendrá los compromisos de calidad a los que se ajustará la prestación del servicio.