DECRETO 191/2014, de 14 de noviembre, del Consell, por el que se regula la atención a la ciudadanía, el registro de entrada y salida de escritos y la ordenación de las oficinas de registro en la Administración de la Generalitat. - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 19-11-2014
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Ambito: Comunidad Valenciana
Estado: DEROGADO. Desde 19 de Diciembre de 2014
F. entrada en vigor: 19/12/2014
Órgano emisor: CONSELLERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACION PUBLICA
Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 7406
F. Publicación: 19/11/2014
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Sistema de Registro Único
CAPÍTULO II. Atención a la ciudadanía
Artículo 4. El sistema de atención a la ciudadanía
Artículo 5. Principios de atención ciudadana
Artículo 6. Catálogo de procedimientos de la Generalitat
Artículo 7. Carácter de las informaciones emitidas
CAPÍTULO III. Modalidades de atención ciudadana
Artículo 8. Modalidades de atención ciudadana
Artículo 9. Las oficinas PROP
Artículo 10. Las oficinas PROP propias
Artículo 11. Las oficinas PROP mixtas
Artículo 12. Catálogo de servicios a prestar en las oficinas PROP
Artículo 13. Las oficinas especializadas
Artículo 14. El servicio 012 de la Generalitat
Artículo 15. La Guía PROP Electrónica
Artículo 16. Otros servicios y canales de atención al ciudadano
CAPÍTULO IV. Oficinas de registro presencial
Artículo 17. Oficinas de registro de la Administración de la Generalitat
Artículo 18. Creación y supresión de las oficinas de registro
Artículo 19. Funciones de las oficinas de registro
CAPÍTULO V. Presentación de escritos
Artículo 20. Lugares de presentación
Artículo 21. Efectos de la presentación
Artículo 22. Escritos que deben registrarse
Artículo 23. Documentos que no requieren registro
CAPÍTULO VI. Garantías del registro presencial
Artículo 24. Asiento de los escritos
Artículo 25. Recibos y copias selladas
Artículo 26. Compulsa de documentos
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Unidades con funciones de registro existentes
D.A. 2ª. Normalización de solicitudes
D.A. 3ª. Oficinas de registro en entidades de derecho público
D.A. 4ª. Registro en procedimientos tributarios
D.A. 5ª. Registro en procedimientos de contratos del sector público
D.A. 6ª. Registro electrónico de la Generalitat
D.A. 7ª. Datos abiertos
D.A. 8ª. Aplicación informática corporativa
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Autorización para el desarrollo del decreto
D.F. 2ª. Directrices de funcionamiento
D.F. 3ª. Entrada en vigor
